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Neurotecnología: Chile es pionero en la protección legal de datos cerebraleslunes, 14 de septiembre 2026
Neurotecnología: Chile es pionero en la protección legal de datos cerebrales
Neuroderechos y los desafíos éticos de la neurotecnología. ¿Cómo podemos asegurar la privacidad y proteger la identidad de nuestros datos cerebrales?
Reportajes Agroconectados
Por: Catalina Díaz | 11 de septiembre 2023 | 11:52
Los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) habían pedido reunir a las más altas autoridades y expertos del mundo para discutir sobre un tema en crecimiento exponencial: la neurotecnología. Un trabajo similar al que ya habían realizado en 2021 con otra tecnología emergente similar: la Inteligencia Artificial.
Esta petición se concretó el pasado 11 de agosto, cuando los máximos representantes de diferentes países de todo el mundo se dieron cita en París para participar en la “Conferencia Internacional sobre la Ética de la Neurotecnología”, instancia a la que asistió la subsecretaria del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Carolina Gainza Cortés.
El objetivo de esta reunión fue consensuar una serie de recomendaciones globales para reglamentar y orientar el desarrollo de la neurotecnología, desde una perspectiva de la ética y el resguardo de los derechos humanos.
En dicha instancia la subdirectora General de Ciencias Sociales y Humanas de la Unesco, Gabriela Ramos, señaló que la neurociencia está ayudando a comprender y tratar problemas de salud como el alzheimer o el parkinson y también están siendo utilizadas en la industria. Sin embargo, estas aplicaciones pueden ser potencialmente dañinas por cuanto “los algoritmos nos permitirán descodificar los procesos mentales de las personas y manipular directamente los mecanismos cerebrales”.
Ante esta problemática, la subsecretaria Gainza, destacó durante su intervención que:
“La regulación debe estar enmarcada en una profunda reflexión sobre qué sociedad nos gustaría construir, que involucre a la ciudadanía, y no solo a las y los expertos, en una conversación pública sobre estos temas; una idea en la que hubo consenso al final de la reunión. El desarrollo de la neurociencia y la neurotecnología ha tenido avances excepcionales en los últimos años. Lo que antes parecía ciencia ficción, como la posibilidad de mapear nuestros pensamientos, acceder a recuerdos o controlar dispositivos electrónicos directamente con nuestra mente está cerca de convertirse en realidad, pero no está exento de riesgo”, insistió.
¿Cuáles son estos riesgos?
“Se trata de una tecnología que interactúa con el órgano donde están nuestros pensamientos, el cerebro, y eso nos obliga a plantearnos cuestiones de identidad, conciencia, el libre albedrío y qué significa ser humano. Si no se regulan adecuadamente, los desarrollos podrían representar una amenaza para los derechos humanos y la democracia. Teniendo en cuenta los avances de las neurotecnologías y la Inteligencia Artificial, es tiempo de que tengamos una discusión seria sobre cuál es la sociedad a la que queremos apuntar”, explicó Gainza.
¿Qué son los Neuroderechos?
Para entender mejor esta ley y comprender su impacto, debemos comenzar por entender qué son los neuroderechos. Son aquellos que conforman el marco jurídico de derechos humanos destinados específicamente a proteger el cerebro y su actividad a medida que se producen avances en neurotecnología.
Ahora bien, con neurotecnología nos referimos a cualquier tecnología que registre o interfiera con la actividad cerebral que, combinado con el machine learning y los avances actuales, podría tener el potencial de alterar nuestra sociedad.
Quizás esto pueda parecer salido de una película de ciencia ficción, pero hoy en día ya se están desarrollando tecnologías que interactúan con la mente humana y la información y pensamientos allí alojados.
Una de las empresas más reconocidas es Neuralink, fundada por Elon Musk, que cuenta con un proyecto de un sensor que busca tratar distintas enfermedades causadas por desórdenes neurológicos. Se trata de una minúscula sonda que contiene más de 3.000 electrodos conectados a hilos flexibles, que pueden monitorear la actividad de 1.000 neuronas cerebrales permitiendo así recoger en tiempo real la actividad cerebral registrada y enviarla a una computadora o smartphone para procesarla.
Otro ejemplo es el dispositivo cerebral desarrollado por científicos de la Universidad de California para ‘eliminar’ los pensamientos negativos a través de estimulación eléctrica. La investigación publicada a principios de mes demuestra su efectividad en el tratamiento de un paciente con depresión severa.
En estos casos, la neurotecnología busca mejorar la calidad de vida de las personas. Sin embargo, la capacidad de acceder y manipular un sistema tan crítico como el cerebro puede ser catastrófica si cayera en manos equivocadas. En este sentido, para reducir el abuso de la neurotecnología se establecen 5 derechos fundamentales:
- Privacidad mental. Los ‘datos’ obtenidos de la actividad neuronal son privados y pertenecen a la persona. No se pueden comercializar ni transferir y sólo se pueden almacenar con el consentimiento expreso y el tiempo indicado por la persona.
- Identidad personal. La tecnología no puede alterar ‘el sentido del yo’. Es decir, se debe proteger la identidad del individuo ya que se podría difuminar la línea entre la conciencia de una persona y los aportes tecnológicos externos.
- Libre albedrío. Las personas deben poder tomar decisiones libremente y de forma autónoma, sin manipulación alguna mediada por parte de las neurotecnologías.
- Acceso equitativo. Las mejoras en las capacidades cerebrales introducidas por la neurotecnología deberán estar al alcance de todos.
- Protección contra los sesgos. Las contramedidas para combatir el sesgo deberán ser la norma para los algoritmos en neurotecnología. Además, evita que las personas sean discriminadas a partir de los datos obtenidos por la neurotecnología.
Los datos obtenidos por dispositivos con acceso al cerebro podrían ser utilizados para identificar emociones, patrones de conducta y asociarlos con estímulos concretos o incluso interferir o manipular la actividad cerebral de la persona.
¿Cuál sería el impacto del uso de estos datos con propósitos mercadotécnicos?
Si hoy se debate acerca del valor que tiene la información que los propios usuarios vuelcan a las empresas a través de aplicaciones y redes sociales, imaginemos el valor que podrían llegar a tener los datos neurológicos. Hoy más que nunca resulta necesario pensar en una normativa que regule también el acceso y manipulación a los datos digitales generados a partir de los pensamientos de una persona.
Sin lugar a duda los avances en neurotecnología no sólo dan lugar al debate de nuevos derechos, sino que también presentan grandes desafíos para la seguridad de la información.
En términos de privacidad y seguridad, todavía quedan muchas incógnitas por resolver. Si bien los neuroderechos brindan un marco protector a la integridad e indemnidad mental frente a los avances y capacidades de la tecnología, aún resta llevarlos a la práctica. Por esto, es necesaria una regulación que proteja con eficacia los derechos de los usuarios, prestando especial atención a su privacidad y libertad cognitiva.
Por otro lado, se plantean nuevos desafíos en materia de seguridad informática, ya que tanto los dispositivos neurológicos como los sistemas que procesan la información deben ser cuidadosamente protegidos. Estamos hablando de información sumamente crítica sin precedentes, siendo transferida y procesada por sistemas informáticos. Si tenemos en cuenta la experiencia con dispositivos IoT y la falta de seguridad en muchos de estos dispositivos conectados, el panorama no es muy alentador.
El cerebro será pronto el nuevo espacio de disputa entre grandes tecnológicos y cibercriminales. Además de leyes, necesitaremos de tecnologías de protección robustas que puedan salvaguardar los dispositivos neurológicos y los sistemas a los que estén conectados.
Si algo hemos aprendido a lo largo de la historia es que las leyes y la seguridad muchas veces llegan tarde frente a las nuevas tecnologías. En esta instancia, donde reconocer los neuroderechos es el primer paso para proteger la integridad mental de las personas, resulta imprescindible continuar trabajando en la implementación de regulaciones y de medidas de seguridad que permitan garantizar estos derechos, antes de que sea demasiado tarde.
Nuestro país es pionero en la protección de los neuroderechos en su legislación. En octubre de 2021, Chile se convirtió en el primer país del mundo en abordar explícitamente los desafíos de las neurotecnologías en su Constitución, cuando el Congreso aprobó una ley que modificó un artículo que hoy exige que los desarrollos tecnológicos respeten la integridad física y mental de las personas, y establece explícitamente que la ley debe proteger la actividad cerebral y toda la información relacionada con ella.
Corte Suprema acogió recurso contra empresa que almacena datos cerebrales
La primera incursión de la ley que resguarda la información cerebral, el nuevo derecho humano como se le llamó en su momento, sigue su primera gran lucha en los tribunales chilenos. Esto, porque la Corte Suprema acogió el recurso contra la empresa neurotecnológica Emotiv, interpuesto por el exsenador y vicepresidente de Fundación Encuentros del Futuro, Guido Girardi, en contra una firma norteamericana que comercializa dispositivos que lee y almacena información cerebral extraída de cada usuario.
La sentencia establece que las conductas denunciadas, en las circunstancias anotadas, “vulneran las garantías constitucionales contenidas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que se refieren a la integridad física y psíquica y de derecho a la privacidad(…), al comercializarse el producto Insight de la empresa Emotiv sin contar con todas las autorizaciones pertinentes, y no habiendo sido evaluado y estudiado por la autoridad sanitaria a la luz de lo expresado”.
Según declara, la sentencia de la Corte Suprema sienta un precedente mundial sobre protección de los neuroderechos y va a servir como base para el resto de los países que están regulando o que en algún momento se vean enfrentados a controversias similares a la que ha ocurrido con Emotiv en Chile.
Para el abogado a cargo del caso, Ciro Colombara, este fallo establece que la empresa Emotiv “violó el derecho a la privacidad mental, se apropió de los neurodatos o información cerebral, ordenó -después de acreditar esta infracción de normas constitucionales- que se borraran todos los datos cerebrales que tenía en su poder, que el Instituto de Salud Pública analizase el caso y determinase si en el futuro esta empresa con su dispositivo va a cautelar o proteger los derechos o no y que lo mismo hiciera el Servicio Nacional de Aduanas”.
El recurso que la Corte Suprema acogió, en contra empresa que guarda tus datos cerebrales
Rafael Yuste, uno de los autores de la Ley de Neuroderechos, director mundial del proyecto BRAIN y neurocientífico de la Universidad de Columbia expresó que:
“Este ejemplo de Chile se está observando en muchos países y por muchas organizaciones internacionales. Hace unas semanas tuvimos una reunión en UNESCO, sobre este tema y se habló sobre Chile. Esta Ley ha sido estímulo de reformas constitucionales que están ocurriendo en Brasil y en México, y posiblemente en un futuro, en Uruguay y en España. También se está estudiando con lupa en el estado de Colorado, en Estados Unidos, donde también se está pensando hacer una Ley de Neuroprotección utilizando el proyecto chileno de reforma constitucional como ejemplo”, declaró a La Tercera.
El proceso comenzó en abril de 2022 ante la Corte de Apelaciones de Santiago. En la instancia, el tribunal rechazó el recurso diciendo que no se constituye una acción ilícita por parte de Emotiv ante el hecho de que supedite el acceso a la información de datos de electroencefalograma del usuario al pago adicional de una licencia y aceptación de los términos y condiciones respectivos. Pero también le ordenó a la empresa eliminar la información cerebral recopilada del exsenador Girardi, y a la vez, modificar sus políticas de protección de datos personales y cerebrales en Chile.
En abril del año pasado, fue el propio Girardi, junto al abogado Ciro Colombara, quien presentó este requerimiento, convirtiéndose en el primer recurso judicial interpuesto en virtud de la protección de los “neuroderechos”, ley que modificó en 2021 el artículo 19 de la Constitución y resguardó el uso de la información alojada en nuestros cerebros.
La batalla entre la empresa que guarda datos cerebrales y la ley chilena
El recurso estaba dirigido contra la firma estadounidense Emotiv, fabricante de varios dispositivos que registran e interpretan la actividad cerebral de sus usuarios y almacena sus datos en la nube. Según acusa el documento interpuesto, la compañía “priva, perturba y/o amenaza el legítimo ejercicio de varias garantías fundamentales: el derecho a la integridad mental, el derecho a la integridad física y psíquica, el derecho a la vida privada, el derecho a la libertad de conciencia y el derecho a la propiedad”. Además, Girardi, quien usó este dispositivo, acusó que la empresa retuvo su información cerebral previo a que el exsenador pudiese dar su consentimiento para ello.
Según cifras de la UNESCO, desde 2013 las inversiones públicas en neurotecnología suman alrededor de 6.000 millones de dólares, mientras que las privadas se han multiplicado por 10 en los últimos diez años, llegando a un total de 33.200 millones de dólares entre 2010 y 2020. Eso, considerando principalmente a países como Estados Unidos, Corea del Sur, China, Japón y Alemania, que son quienes concentran esta materia. Se espera que para 2027, con la comercialización de dispositivos neurotecnológicos, se cree un mercado de 24.200 millones de dólares.
Emotiv es una empresa que se dedica al desarrollo y fabricación de tecnología de interfaz cerebro-computadora (BCI, por sus siglas en inglés). Su objetivo principal es crear dispositivos que permitan a los usuarios controlar diferentes aplicaciones y dispositivos electrónicos utilizando señales, datos y actividad proveniente del cerebro. Su enfoque se basa en permitir a los usuarios interactuar con la tecnología de una manera más intuitiva y directa, utilizando las señales generadas por el cerebro del usuario de estos dispositivos.
El producto más conocido de Emotiv es su electroencefalógrafo portátil, llamado Emotiv Insight. Este utiliza sensores para detectar y medir las señales eléctricas del cerebro que captan la actividad cerebral y la transmiten a un dispositivo externo, donde se pueden interpretar y utilizar para controlar diversas aplicaciones. Consta de 5 a 9 sensores de electroencefalografía distribuidos estratégicamente en diferentes áreas de la cabeza, los cuales capturan las señales eléctricas generadas por las neuronas del cerebro, y así permite obtener información sobre la actividad cerebral en tiempo real.


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