>
Agricultura>
Apicultura>
SAG consulta nuevo manual para exportar miel: plazo vence el 17 de juliolunes, 14 de septiembre 2026
SAG consulta nuevo manual para exportar miel: plazo vence el 17 de julio
El SAG mantiene abierta hasta el 17 de julio la consulta pública del nuevo manual para exportar miel.
Apicultura
Por: Constanza Sanhueza G. | 15 de julio 2026 | 17:29
Pie de foto: El SAG abrió una consulta pública sobre el nuevo manual para exportar miel y productos apícolas, con cambios en trazabilidad, registros y autorización de salas de extracción.
El Servicio Agrícola y Ganadero mantiene abierta hasta el 17 de julio de 2026 una consulta pública sobre el proyecto que actualizaría las reglas para exportar miel y productos apícolas desde Chile. El borrador propone cambios en los registros de apicultores, la trazabilidad, la autorización de salas de extracción y el respaldo documental exigido a quienes participan en la cadena exportadora. La nueva regulación solo entraría en vigor después de su publicación en el Diario Oficial.
El plazo para entregar observaciones termina este viernes 17 de julio, a las 23:59. La revisión interesa especialmente a apicultores, cooperativas, salas de extracción, asesores técnicos y empresas que reciben productos apícolas para exportación, porque las exigencias propuestas podrían modificar la manera en que se registran los apiarios, los tratamientos veterinarios, los movimientos de colmenas y el origen de cada lote de miel.
Qué propone el nuevo manual para exportar miel
El proyecto busca aprobar un manual de procedimiento para la exportación de miel y productos apícolas destinados al consumo humano. Si se aprueba, reemplazaría la Resolución Exenta N.º 6.426 de 2011, vinculada al registro de apicultores de miel de exportación, y la Resolución Exenta N.º 4.784 de 2004, referida a los establecimientos exportadores. Su objetivo es actualizar los requisitos sanitarios, operativos y de trazabilidad aplicables a productores y salas que abastecen a establecimientos exportadores.
El texto también propone actualizar el Listado de Apicultores de Miel de Exportación y crear el Listado de Establecimientos Apícolas, conocido como LEA. En este último deberían incorporarse las salas de extracción que entreguen miel u otros productos a empresas inscritas en el Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios. Por ahora, estas disposiciones forman parte de un borrador y no constituyen obligaciones vigentes.
Requisitos para los apicultores
Para ingresar o permanecer en el listado, los productores deberían mantener vigente su inscripción en el Registro Nacional de Apicultores y actualizar la declaración de apiarios y colmenas mediante SIPEC Apícola o el formulario habilitado por el SAG. La información permitiría identificar a los productores que destinan miel a mercados externos y respaldar la certificación oficial exigida por los países compradores.
El borrador establece además que los apicultores tendrían que conservar registros auditables durante un máximo de dos temporadas. Entre ellos figuran la compra y utilización de medicamentos veterinarios, las recetas correspondientes, los tratamientos aplicados, las dosis, los periodos de resguardo y la identificación de las colmenas tratadas. También deberían documentarse los movimientos de colmenas, con fechas, origen, destino, cantidad trasladada y antecedentes del transportista.
Estas exigencias pueden incidir directamente en la organización del cuaderno de campo y en la forma de respaldar compras, tratamientos y traslados. Para un productor que ya abastece a un exportador, o que planea hacerlo, la trazabilidad dejaría de depender de registros aislados y tendría que reconstruir el recorrido del producto desde el apiario hasta el establecimiento que prepara la exportación.
Qué cambiaría para las salas de extracción
Las salas de extracción primarias y comunitarias también quedarían sujetas a inscripción o renovación ante el SAG. El trámite podría efectuarse mediante SIPEC Apícola o de forma presencial, pero la instalación tendría que estar evaluada y autorizada antes de comenzar la extracción de productos destinados a mercados externos. Si la autorización estuviera vencida o la sala no figurara en el listado, la producción obtenida durante ese periodo no podría exportarse.
El proyecto exige además registros sobre el origen de la miel, el ingreso y salida de tambores, la identificación de los productores y los números de lote. Cada partida debería permitir reconocer quién entregó la miel, cuándo fue extraída y en qué instalación se procesó. El propósito es que el producto pueda seguirse documentalmente durante todas las etapas previas a su entrega al exportador.
Una condición especial afecta a las salas primarias que prestan servicios a terceros. Según el borrador, podrían atender como máximo a seis apicultores de miel de exportación y hasta 600 colmenas en conjunto. Este límite debería ser revisado por cooperativas y prestadores de servicios, porque puede afectar la programación de la temporada, la capacidad de recepción y el número de productores que utilizan una misma instalación.
Suspensiones y eliminación de los listados
El régimen de incumplimientos es uno de los puntos más sensibles. El texto contempla una suspensión mínima de un mes cuando el SAG detecte que un productor o establecimiento no cumple los requisitos. La medida solo podría levantarse después de corregir las observaciones y superar una nueva verificación. Una suspensión de seis meses o más lo cual podría terminar con la eliminación del listado.
El proyecto también considera una exclusión por dos años ante la detección de determinadas sustancias prohibidas o frente a incumplimientos reiterados en la actualización y conservación de los registros. Aunque estas consecuencias todavía no están vigentes, muestran que la propuesta asigna un peso central al control de medicamentos, la trazabilidad y la disponibilidad de antecedentes durante las fiscalizaciones.
Cómo participar en la consulta del SAG
Las observaciones deben ingresarse mediante el formulario disponible en la página oficial de la consulta. Una presentación útil debería identificar el numeral cuestionado, explicar su efecto en la operación y proponer una alternativa que mantenga los objetivos sanitarios y de trazabilidad. El SAG informó que publicará las respuestas a las observaciones ciudadanas el 7 de agosto de 2026.
Desde la perspectiva de Agroconectados, el proyecto apunta a fortalecer la confianza en la miel chilena mediante un mayor control sobre su origen, manejo y procesamiento.
Esperando a la vez que en el futuro se generen nuevas reglamentaciones que protejan a las abejas como especie, así como también se implementen formas reguladas de protección a las colmenas respecto al cuidado y porcentaje de miel asegurado para que las abejas tengan para si mimas, ya que el interés por la producción indiscriminada de miel o sub productos de la miel no puede ser superior a la conciencia de protección del animal mas importante del mundo, una cosa es beneficiarse de las bondades y beneficios de este producto y otra cosa muy distinta es sacrificar las reservas que tenga la colmena para si misma y para su propia subsistencia.
El desafío será lograr que las exigencias definitivas sean aplicables tanto por empresas exportadoras como por productores y salas de menor escala. El momento para advertir dificultades, duplicidades o plazos poco realistas es ahora, antes de que finalice la consulta pública el viernes 17 de julio de 2026.
Fuente: Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG).


Suscribete
Twitter
Facebook
Instagram
Linkedin
Enviar